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El TSJC rechaza que la cabeza de la familia monomarental, vecina de Telde, tenga derecho a acumular 26 semanas remuneradas.

 

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha revocado la sentencia de un Juzgado de lo Social de Las Palmas de Gran Canaria que permitió a una madre sin pareja disfrutar de un permiso remunerado de 26 semanas, acumulando las 16 que le correspondían por maternidad con las diez semanas que hubiera tenido derecho a disfrutar el padre.

En esta resolución, el TSJC revisa el caso de una vecina de Telde, en Gran Canaria, que dio a luz el 5 de abril de 2021 a un hijo concebido por inseminación artificial y que pleiteó con la Seguridad Social para conseguir un permiso laboral que la igualara al que hubiera disfrutado una pareja en iguales circunstancias.

Contra el criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que le denegó su petición, la juez de lo Social número 4 de Las Palmas de Gran Canaria consideró que esa madre tenía razón en sus planteamientos y le otorgó el derecho a un permiso de 26 semanas.

El TSJC revoca la sentencia

La Sala de lo Social del TSJC no comparte esa decisión, aunque sus magistrados están de acuerdo en que las familias monoparentales presentan una situación de «necesidad amplificada» que «incrementa el riesgo de vulnerabilidad y exclusión social, dificultando la conciliación entre la vida familiar y laboral».

A juicio de los cuatro magistrados que revocan la sentencia inicial, con el desacuerdo de dos de sus compañeras de Sala, que formulan un voto particular, tal «evidente situación de necesidad resultaría merecedora de una especial regulación, que removiera los obstáculos que dificultan o impiden la libertad de elección partiendo del reconocimiento de la diversidad familiar«.

Sin embargo, subrayan que «no corresponde a los jueces y tribunales, en su función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, configurar derechos de alcance prestacional al margen de los principios básicos del sistema y de su preceptiva configuración legal, suplantando de esta forma las funciones asignadas a otro poder del Estado».

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https://www.canarias7.es/sociedad/revocan-sentencia-permitia-20230127133036-nt.html

Via Canarias 7

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