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Una sentencia anula la comisión de apertura de un préstamo hipotecario, considerándola "abusiva y opaca" para los solicitantes.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado en todos sus aspectos una sentencia emitida por un juzgado de Las Palmas de Gran Canaria en abril de 2022. Esta sentencia anuló la comisión de apertura de un préstamo hipotecario del BBVA, considerándola "abusiva y opaca" para los solicitantes.




El magistrado Juan José Cobo Plana, presidente de la Sala, declaró inválida la comisión de apertura del préstamo hipotecario, argumentando que no fue leal ni equitativa para los interesados. Además, mostró su desacuerdo con las conclusiones del Tribunal Supremo (TS) en una sentencia del 29 de mayo de 2023, la cual consideró no abusiva la comisión de apertura en un caso similar relacionado con un préstamo de La Caixa, basándose en jurisprudencia europea, específicamente en un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 16 de marzo de 2022.


El fallo emitido por Cobo Plana argumenta que la sentencia del TS no tiene en cuenta todos los aspectos tratados por el TJUE en relación al control de abusividad y transparencia de la cláusula de comisión de apertura. Según la Sala, cobrar un precio sin informar sobre los detalles y costos de los servicios prestados no es tratar de manera leal a los clientes. En este caso, la pareja demandante, que ha ganado el caso en primera y segunda instancia, no recibió información suficiente sobre los estudios incluidos en la comisión de apertura.


La sentencia condena al BBVA a pagar las costas y se encuentra sujeta a recurso.




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