Gran Canaria se encuentra en alerta máxima debido al riesgo de incendio forestal que se ha declarado por encima de la cota 400.
Esta alerta ha sido emitida por la Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias, en coordinación con el INFOCA (Plan Especial de Protección Civil y Atención de Emergencias por Incendios Forestales de Canarias) y el INFOGRAN (Plan Insular de Emergencias de Gran Canaria).
Ante esta situación, se han implementado una serie de medidas y prohibiciones con el objetivo de prevenir la propagación de incendios y proteger tanto a la población como al entorno natural. Estas son algunas de las restricciones vigentes:
1. Prohibición de encender fuego en espacios abiertos: Queda estrictamente prohibido encender fuego en cualquier tipo de espacio al aire libre.
2. Restricción en áreas recreativas, zonas de acampada, albergues y zonas de descanso en carreteras: Se prohíbe el uso de fuego tanto en los lugares designados para ello como mediante cualquier tipo de sistema portátil. Además, se restringe el acceso rodado por la GC-216, permitiéndolo únicamente a vecinos y servicios públicos. Asimismo, se prohíbe el uso de la Zona de Acampada de Llanos de la Mimbre y el Área Recreativa de Tamadaba.
3. Suspensión temporal de quemas agrícolas y forestales: Todas las autorizaciones concedidas para llevar a cabo quemas controladas, ya sea para rastrojos, pastos permanentes, restos de poda o restos selvícolas, quedan suspendidas temporalmente mientras persista el riesgo de incendio.
4. Prohibición de fuegos artificiales: Queda prohibida la introducción y uso de material pirotécnico en cualquier tipo de evento o celebración.
5. Restricción en el uso de maquinaria: No se permite la utilización de maquinaria y equipos en áreas forestales y rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor de los montes, si su funcionamiento genera deflagración, chispas o descargas eléctricas.
6. Prohibición de carboneo y uso de fuego en apicultura: Se prohíbe la actividad de carboneo, así como el uso de fuego en la práctica apícola.
7. Restricción en senderos y pistas forestales: Salvo para residentes y servicios públicos, se prohíbe el acceso y tránsito por senderos y pistas forestales. Además, se restringe el acceso a terrenos forestales a personas que no estén involucradas en labores de vigilancia, extinción y gestión de incendios a partir de la cota 400.
8. Prohibición de arrojar objetos combustibles: Queda estrictamente prohibido arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier material que pueda originar un incendio.
Estas medidas buscan salvaguardar la seguridad de los habitantes de Gran Canaria y proteger el valioso patrimonio natural que alberga la isla. Se insta a la población a acatar estas restricciones y colaborar activamente en la prevención de incendios forestales.