La entrada en vigor del Real Decreto 52/2026 marca un antes y un después para los usuarios de patinetes eléctricos en España. La normativa, diseñada para reforzar la seguridad vial y ordenar el uso de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), introduce obligaciones que afectarán tanto a nuevos compradores como a quienes ya circulan con estos dispositivos.
Principales novedades
- Registro obligatorio
Todos los patinetes eléctricos deberán inscribirse en el Registro Nacional de Vehículos, lo que permitirá su identificación en caso de incidentes o infracciones.
- Etiqueta visible
Cada VMP tendrá que llevar una etiqueta identificativa colocada en un punto claramente visible.
- Seguro de responsabilidad civil
Se establece la obligatoriedad de contar con un seguro que cubra daños a terceros, equiparando este requisito al de otros vehículos que circulan por la vía pública.
Los patinetes deberán disponer de un certificado que acredite el cumplimiento de los requisitos técnicos y de seguridad exigidos por la normativa.
Periodo de adaptación
Los usuarios que ya poseen un patinete eléctrico disponen de un plazo hasta el 22 de enero de 2027 para adecuarse a las nuevas exigencias. A partir de esa fecha, solo podrán circular los VMP que cumplan con todos los requisitos establecidos.
Un objetivo claro: más seguridad
Con estas medidas, el Gobierno busca reducir accidentes, mejorar la convivencia en el espacio público y garantizar que los patinetes eléctricos se integren de forma segura en la movilidad urbana.
La recomendación final es sencilla: informarse, cumplir la normativa y circular con responsabilidad.

